Es deber y un derecho de los vecinos el exigir los libros y balances de la junta vecinal. La Ley 19.418 establece que los libros de contabilidad (simple) deben estar siempre a disposición de cualquier persona que desee verlos.
La Comisión fiscalizadora de cuentas podrá objetar aquellas rendiciones que no esten justificadas con boletas u otros respaldos.
Mensualmente se les ha enviado el balance a los vecinos vía correo electrónico y se han puesto copias en los kioscos del barrio de los mismos. Por cada pago se dan recibos simples o tipo boletas. Los lugares de pagos de cuotas son los kioscos del barrio (uno sólo no nos colabora de 6 existentes) y en la casa del presidente.
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